Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículo 8.

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Un derecho que no poseen muchísimas personas, como por ejemplo las que se encuentran detenidas en Guantánamo, o los palestinos que se han quedado sin vivienda por el «legítimo derecho a la defensa» de su vecino Israel. Y un derecho que en muchas ocasiones se encuentra limitado cuando tienes que litigar contra algún poderoso capaz de pagarse a los abogados más caros y buenos capaces de demostrar la inocencia de un acusado con su habilidad independientemente de que éste sea o no culpable.

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