A través de AmnistÃa Internacional nos llega este comunicado:
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Equipo de Acciones Urgentes
AmnistÃa Internacional – Sección Española: http://www.es.amnesty.org
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Si recibe contestación de una autoridad, envÃenos, original o copia, lo antes posible: AI-Sección Española / Fernando VI, 8 / 28004 Madrid (si es por correo electrónico, basta que reenvÃe el mensaje a aauu@es.amnesty.org). Por favor indique en el reverso de la carta (o en el asunto/subject del mensaje) el número de la Acción Urgente a la que le contestan (ej: AU 25/99).
No es necesario que nos envÃe copia de su propia carta/mensaje. Si no desea que le acusemos recibo, indÃquelo al dorso de la carta o en el asunto del mensaje con â??No acuseâ?.
Gracias por su colaboración.
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AmnistÃa Internacional (Sección Española)
Secretariado Estatal
Fernando VI, 8, 1º izda.
28004 Madrid
Telf. + 91 310 12 77
Fax + 91 319 53 34
amnistia.internacional@es.amnesty.org
http://es.amnesty.org
Acción Urgente
Público – Ãndice AI: EUR 61/021/2007 – 7 de septiembre de 2007
AU 238/07 Presos de conciencia
TURKMENISTÃN Begench Shakhmuradov
Begench Shakhmuradov, de Asjabad, la capital turcomana, es testigo de Jehová. Según se nos informa, se disponen a juzgarlo el 10 de septiembre por negarse a servir en el ejército por motivos religiosos.
Recibió la llamada a filas en mayo del 2007 y fue declarado apto para el servicio pese a que se cree que padece de tuberculosis. Al parecer, Begench Shakhmuradov contrajo la enfermedad mientras cumplÃa una condena de prisión anterior por â??evasión de la llamada al servicio militarâ? (artÃculo 219, Parte 1 del Código Penal de Turkmenistán) en el 2005.
Begench Shakhmuradov fue condenado a un año de prisión el 10 de febrero del 2005. Fue excarcelado, junto con otros tres objetores de conciencia, el 16 de abril del 2005. Se cree que la excarcelación fue una medida gubernamental para evitar que Estados Unidos clasificara a Turkmenistán como â??paÃs de especial preocupaciónâ? en virtud de la Ley de Libertad Religiosa Internacional de este paÃs, lo cual puede llevar a la toma de medidas, desde protesta diplomática a sanciones económicas concretas.
En los últimos meses han condenado a otros cuatro testigos de Jehová por evasión del servicio militar. Uno de ellos está todavÃa encarcelado, mientras que a los otros tres les han impuesto condenas condicionales: se les prohÃbe salir de la ciudad en la que viven asà como salir de sus casas después de las 10 de la noche. â??Los tratan como a criminalesâ?, dijo a AmnistÃa Internacional un testigo de Jehová en Asjabad. Para más información, consulten la AU 174/07 (EUR 61/015/2007, del 5 de julio del 2007) y sus actualizaciones. AmnistÃa Internacional considera â??preso de concienciaâ? a toda persona encarcelada únicamente para castigarla por su objeción de conciencia al servicio militar. La organización pide la excarcelación inmediata e incondicional de todos los presos de conciencia.
Información complementaria
Turkmenistán no ofrece una alternativa civil para los jóvenes cuyas convicciones profundas les impiden realizar el servicio militar obligatorio. Los que se niegan a responder a la llamada a filas son encarcelados en aplicación del código penal.
En febrero del 2007, AmnistÃa Internacional publicó una lista de recomendaciones en las que pedÃa al nuevo gobierno de Turkmenistán que alineara al paÃs con las obligaciones de derechos humanos que éste ha contraÃdo en virtud del derecho internacional (véase EUR 61/005/2007, del 8 de febrero del 2007). Entre otras cuestiones, la organización recomendó que Turkmenistán introdujera â??disposiciones legislativas para garantizar la disponibilidad de una alternativa civil de duración no punitiva para todas las personas cuyas convicciones profundas les impidan realizar el servicio militarâ?.
Sin embargo, las recientes condenas de cuatro testigos de Jehová confirman que el nuevo gobierno no ha dado pasos para cambiar su polÃtica respecto a los objetores de conciencia.
Todos los casos de objeción de conciencia que han llegado a conocimiento de AmnistÃa Internacional en los últimos años se referÃan a testigos de Jehová, cuyas creencias religiosas no les permiten portar armas para un poder secular ni hacer juramentos, incluido el de lealtad que se exige a los reclutas en el ejército de Turkmenistán.
AmnistÃa Internacional considera objetor de conciencia a toda persona que puede ser llamada a realizar el servicio militar y se niega a cumplir un servicio militar armado por razones de conciencia o convicciones profundas. Las convicciones profundas pueden ser religiosas, éticas, morales, humanitarias, filosóficas, polÃticas o similares. Pero, independientemente del fundamento de conciencia en que se base su objeción, el derecho de estas personas a negarse a portar armas o a participar en guerras o conflictos armados, ha de garantizarse.
AmnistÃa Internacional no cuestiona el derecho de los gobiernos a reclutar a individuos en sus fuerzas armadas, ni tampoco adopta postura alguna, ni a favor ni en contra, sobre los motivos de objetores de conciencia individuales, pero sà exhorta a los gobiernos a que ofrezcan a todas las personas que pueden ser llamadas a filas la oportunidad de realizar un servicio alternativo al militar armado por razones de conciencia o de convicciones profundas.
ACCIONES RECOMENDADAS: EnvÃen llamamientos, de manera que lleguen lo antes posible, en inglés, ruso, turcomano o en su propio idioma:
Manifestando que AmnistÃa Internacional ve con preocupación que Begench Shakhmuradov haya sido acusado de â??evasión de la llamada al servicio militarâ? por negarse a servir en el ejército por motivos religiosos, y que se encuentre actualmente en espera de juicio ante el Tribunal de Distrito de Azatlyk, en Asjabad;
declarando que AmnistÃa Internacional considera â??preso de concienciaâ? a toda persona encarcelada por su objeción de conciencia al servicio militar y pide que sea puesta en libertad inmediata e incondicionalmente;
exhortando a las autoridades a promulgar legislación que garantice la existencia de una alternativa civil, de duración no punitiva, para todas las personas cuyas profundas creencias religiosas les impiden cumplir el servicio militar.
LLAMAMIENTOS A:
Presidente de Turkmenistán
Gurbanguly Berdymuhamedov
President of Turkmenistan
Presidential Administration
744000 Ashgabat
TURKMENISTÃN
Fax: +993 12 355112
Tratamiento: Dear President Berdymuhamedov/Señor Presidente
Ministro de Asuntos Exteriores
Rashid Meredov
Minister of Foreign Affairs
Magtymkuli ave., 85
744000 Ashgabat
TURKMENISTÃN
Fax: +993 12 39 28 50
Correo electrónico: mfatm@online.tm
Tratamiento: Dear Minister/Señor Ministro
COPIAS A:
Directora del Instituto Nacional Turcomano de Democracia y Derechos Humanos
Shirin Akhmedova
Director of the Turkmen National Institute of Democracy and Human Rights
ul. Navoi 86
744000 Ashgabat
TURKMENISTÃN
Correo electrónico: nidhr@online.tm
ENVÃEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 19 de octubre del 2007.
Los datos personales que nos facilitaste constan en un fichero automatizado y confidencial de AmnistÃa Internacional. Para ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, por favor, envÃa un mensaje a datos@es.amnesty.org
Si recibe contestación de una autoridad, envÃenos el original o una copia, por favor, lo antes posible (ref.: â??Equipo AAUU – Respuestaâ?). Sólo es necesario que indique en el reverso de la misma el número que tiene la Acción Urgente a la que le han contestado (por ejemplo â??AU 25/99â?³ o bien â??EXTRA 84/99â?³). No es necesario que nos envÃe copia de su propia carta. Si no desea que le enviemos un acuse de recibo, indÃquenoslo también en el dorso con las palabras â??No acuseâ?. Gracias por su colaboración.
<<Accion Urgente : U238/07>>
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